actualmente se cuenta con una gran ventaja la cual nos permite realizar transferencias económicas o comerciales, sin estar de manera presente.
Para ello es necesario que se realice la emisión de una factura (CFDI), esto con el pago correspondiente.

El SAT nos permite realizar este tipo de facturas(comercio exterior), para poder realizar la representación, cabe mencionar que el receptor extranjero también debe de tener una validacion de la entidad fiscal del emisor.

Es importante mencionar que si los cambios comerciales son con extranjeros que no estén inscritos en ele SAT o que no tengan in RFC, es necesario que se señale la clave genérica XEXX010101000, esto debido a que así lo estipula la regla 2.7.1.25 de la Miscelánea fiscal.

A continuación se adjunta la información del complemento de comercio exterior.
http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_comercio_exterior.htm

 

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