Los CFDI deberán cumplir con:

  • Clave del RFC de quien los expida.
  • Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
  • Domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.
  • Número de folio.
  • Valor unitario consignado en número
  • Forma de pago: una sola exhibición o en parcialidades.
  • Sello digital del contribuyente que lo expide
  • Lugar y fecha de expedición
  • Importe total en número o en letra
  • Clave del RFC de la persona a favor de quien se expida
  • Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen
  • Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
  • Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativos o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria).
  • Número y fecha del documento aduanero,tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.
 

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